Respuesta rápida
¿Retención del 7% o del 15%? ¿Y si facturo a un particular? La guía definitiva sobre las retenciones de IRPF en tus facturas como autónomo profesional.
Retenciones de IRPF en facturas de autónomos: guía completa 2026
La retención de IRPF en facturas es uno de los conceptos que más confunde a los autónomos cuando empiezan. ¿Tengo que retener? ¿Cuánto? ¿Y si mi cliente no quiere que le retenga? ¿Qué pasa si facturo a un particular?
Esta guía responde todas las dudas con ejemplos reales.
Qué es la retención de IRPF en facturas
La retención es un porcentaje que el cliente (empresa o autónomo) descuenta de tu factura y lo ingresa directamente a Hacienda en tu nombre. Es un adelanto de tu IRPF anual.
No es un descuento. El dinero no desaparece: va a Hacienda antes de que lo cobres tú. Cuando presentas la Renta, esa retención ya está pagada y se descuenta de lo que te correspondería pagar.
Ejemplo práctico:
- Emites factura de 1.000€ netos
- IVA al 21%: +210€
- Retención IRPF al 15%: -150€
- Total que cobras: 1.060€
- Los 150€ los ingresa tu cliente a Hacienda (trimestralmente con el modelo 111)
¿Tienes que aplicar retención?
Depende de dos factores:
1. El tipo de actividad (tu epígrafe del IAE)
Solo aplican retención los autónomos en actividades profesionales (Sección Segunda del IAE): diseñadores, programadores, abogados, consultores, traductores, ingenieros, psicólogos, etc.
Los autónomos en actividades empresariales (Sección Primera del IAE): comerciantes, peluqueros, talleres, restaurantes, no aplican retención en sus facturas.
2. El tipo de cliente
| Tipo de cliente | ¿Retencion en la factura? |
|---|---|
| Empresa española | ✅ Sí |
| Autónomo profesional español | ✅ Sí |
| Particular (consumidor final) | ❌ No |
| Empresa extranjera (no española) | ❌ No |
| Administración pública | ✅ Sí (tipo específico) |
¿Qué porcentaje corresponde: 7% o 15%?
| Situación | Porcentaje |
|---|---|
| Autónomo profesional con más de 2 años de actividad | 15% |
| Autónomo nuevo (año de alta + los dos siguientes años) | 7% |
| Actividad empresarial (Sección Primera IAE) | 0% |
| Arrendamiento de inmuebles a empresas | 19% |
El tipo reducido del 7% para nuevos autónomos
Si te acabas de dar de alta (o llevas menos de dos años), puedes aplicar el 7% en lugar del 15%. Para hacerlo, debes comunicarlo por escrito a cada cliente y además indicarlo en la propia factura.
La comunicación puede ser un simple email o carta indicando que eres nuevo autónomo y ejerces el derecho al tipo reducido durante los tres primeros años.
Cómo se indica la retención en la factura
La factura tiene que mostrar:
- La base imponible
- El tipo de IVA y la cuota de IVA
- El porcentaje de retención y el importe retenido
- El total a cobrar (base + IVA - retención)
Si no incluyes la retención pero estás obligado, el cliente tiene derecho a aplicarla igualmente. Aunque eso crea problemas de cuadre.
¿Qué pasa si no aplicas retención cuando debes?
El problema es del cliente, no tuyo. Tu obligación es incluirla en la factura. Si la olvidas, el cliente puede aplicarla al pagarte aunque no figure en el documento, con el riesgo de discrepancias en el cuadre contable.
A efectos de la AEAT, lo que se verifica es que el cliente ingrese las retenciones que correspondía retener. Si no las ingresó, el problema es del cliente en el modelo 111, no tuyo.
La ventaja de tener retenciones: sin Modelo 130
Si más del 70% de tus ingresos del año anterior llevan retención del 15%, quedas exento de presentar el Modelo 130 (el pago fraccionado trimestral de IRPF).
La lógica es que ya estás avanzando el IRPF vía retenciones. No tiene sentido pagar dos veces.
Si facturas mayoritariamente a empresas como autónomo profesional, probablemente cumplas esta condición. Verifica si aplica cada año.
Cómo recuperar lo retenido
En la declaración de la Renta anual (Modelo 100), declaras todos tus ingresos, restas todos tus gastos y calculas la cuota de IRPF. De esa cuota, restas las retenciones que te aplicaron a lo largo del año.
Si retuvieron más de lo que corresponde a tu cuota real (porque tuviste muchos gastos o ingresos bajos), la Renta te sale a devolver.
Preguntas frecuentes sobre retenciones
¿Tengo que presentar el Modelo 190?
No. El Modelo 190 (resumen anual de retenciones) lo presenta tu cliente, no tú. Ellos declaran cuánto te retuvieron. Tú solo declaras tus ingresos y gastos en la Renta.
¿Qué certificado me da el cliente de las retenciones?
Tienen obligación de darte un certificado de retenciones del año, habitualmente en enero o febrero del siguiente ejercicio. Ese certificado sirve para cuadrar tus datos de Renta.
¿Puedo cambiar del 7% al 15% cuando quiera?
El 7% aplica durante los tres primeros años de actividad. Cuando se acaba ese período, pasas automáticamente al 15%. No puedes renunciar voluntariamente al 7% si estás dentro del período.
¿Y si facturo a clientes de fuera de España?
Si el cliente es una empresa extranjera no establecida en España, no aplica retención de IRPF. La retención es un mecanismo español entre residentes.
Conclusión
Las retenciones en facturas son una pieza clave del sistema fiscal para autónomos profesionales. Aplicarlas bien te puede eximir del Modelo 130 trimestral y evita problemas de cuadre con tus clientes.
Lo esencial: si tienes epígrafe profesional y facturas a empresas, aplica retención. Si llevas menos de dos años de actividad, aplica el 7% y comunícalo.
🚀 Lleva el control de tus retenciones
Deductia separa automáticamente ingresos con y sin retención, y te muestra el saldo de retenciones acumulado cada trimestre.
Seguir leyendo
Posts relacionados para este tema
Fiscalidad
Gastos deducibles autónomos: lista actualizada de IVA e IRPF
Guía práctica de gastos deducibles para autónomos con IVA e IRPF: servicios, coche, comidas, viajes, despacho en casa y errores frecuentes.
Fiscalidad
Deducir gasolina siendo autónomo: IVA, IRPF y factura correcta
Cómo deducir gasolina siendo autónomo: regla del 50% en IVA, límites en IRPF y requisitos de factura para justificar bien el gasto.
Fiscalidad
Errores en el Modelo 303: 7 fallos que más sanciones provocan
Casillas mal rellenadas, IVA soportado sin factura, fechas incorrectas y errores de criterio que pueden costarte dinero en el Modelo 303.
Llevarlo a la práctica
Siguientes pasos útiles desde este artículo
Si esta lectura te ha resuelto una duda, estos enlaces te ayudan a convertirla en una acción concreta dentro del flujo de Deductia.
Calculadora de IVA e IRPF
Valida un cálculo concreto antes de pasar a una solución más completa.
Calendario fiscal 2026
La siguiente parada natural si además de saber qué hacer necesitas saber cuándo presentarlo.
App de contabilidad para autónomos
Muestra cómo Deductia automatiza justo los cálculos y revisiones que este artículo explica.
Autoría y contexto
Artículo preparado por Equipo Deductia
Este contenido forma parte del trabajo editorial de Deductia para ayudar a autónomos y gestorías a resolver dudas de facturación, IVA, IRPF y documentación en España.
Edición y revisión editorial: Equipo editorial de Deductia. Responsabilidad: Edición y actualización de contenido fiscal.
Publicado el .
Cuando un tema depende de criterios fiscales o cambios normativos, conviene contrastarlo con tu gestor o con la fuente oficial aplicable antes de tomar una decisión.
Fuentes oficiales y referencias primarias