Imagen del artículo: Regalos a Clientes y Cestas de Navidad: ¿Son deducibles? - Blog de contabilidad para autónomos
Volver al Blog
Fiscalidad

Regalos a Clientes y Cestas de Navidad: ¿Son deducibles?

Equipo Deductia

Ser generoso sale caro (a veces)

Llega Navidad. Quieres tener un detalle con tus 5 mejores clientes. Compras 5 lotes de vino. ¿Es un gasto deducible?

La respuesta corta: SÍ, en el Impuesto de Sociedades / IRPF, pero con condiciones. El IVA es otra historia.


Regla 1: El Límite del 1%

Igual que las comidas, los "gastos de atención a clientes y proveedores" están limitados fiscalmente. No pueden superar el 1% de tu Importe Neto de la Cifra de Negocios anual.

  • Si facturas 50.000€/año.
  • Máximo deducible en regalos/comidas: 500€.
  • Si te gastas 600€, los últimos 100€ no son deducibles.

Regla 2: El IVA es NO DEDUCIBLE (Casi siempre)

Aquí está la trampa. El IVA de los regalos a clientes NO ES DEDUCIBLE. ¿Por qué? Porque el cliente no lo va a usar para su actividad (se lo va a beber/comer) y se rompe la cadena del IVA.

Excepción: Muestras gratuitas y objetos publicitarios de escaso valor (menos de 200€) que lleven tu LOGO impreso de forma indeleble (bolígrafos, calendarios, USBs).

  • Vino: IVA no deducible.
  • Boli con tu logo: IVA sí deducible.

La Cesta de Navidad (Para empleados)

Si tienes empleados, la cesta de Navidad es deducible SI es una " costumbre de la empresa". Si es el primer año que lo haces, Hacienda podría discutirlo. Si llevas 3 años, es un derecho adquirido y gasto deducible (como retribución en especie).

🚀 Gestiona tus regalos con cabeza

Marca estos gastos en Deductia como "Atención a Clientes" para que controlemos si te pasas del 1% anual.

Controla tus gastos de representación →